viernes, 27 de diciembre de 2013

¿CUÁL ES PRIMER PASO A SEGUIR PARA LA CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES LIMITADAS O ANÓNIMAS?


El primer paso que debe darse para la constitución de una S.A. o una S.L. es la presentación de un formulario de solicitud al Registro Mercantil Central para obtener un certificado de reserva de denominación social que indique que no se encuentra inscrita ninguna otra sociedad con la denominación social (o una similar) elegida por los fundadores de la nueva sociedad.

Deben facilitarse tres denominaciones sociales al citado órgano, por orden de preferencia, para obtener su reserva.


Es muy frecuente la confusión de que por tener asignado un determinado nombre social no puede haber persona que lo utilice en legalidad. Una cosa es que no haya posibilidad de existencia de otra sociedad con ese nombre –o similar- y otra es tener una reserva absoluta de su utilización por parte de personas o sociedades. Si lo que se pretende es tener una exclusividad de uso se debe solicitar, simultánea o posteriormente al nombre, una marca u otro signo distintivo.

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