viernes, 22 de noviembre de 2013

¿Quiénes son los herederos forzosos?


El derecho corresponde en primer lugar a los hijos; en caso que no haya hijos, a los nietos; si no hay ni hijos ni nietos, a los bisnietos, etc. Si uno de los descendientes muere antes de que lo hiciera la persona cuya herencia se va a repartir se convierten en legitimarios los sucesivos descendientes


A falta de hijos o descendientes, son legitimarios los padres o ascendientes. En primer lugar, al ascendiente más cercano: primero, los progenitores (padre/madre), y en su defecto, los abuelos, bisabuelos, etc. Constituye la legítima de los padres o ascendientes la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo el caso en que concurrieren a la herencia con el cónyuge viudo del causante, en cuyo supuesto la legítima de los padres o ascendientes será de una tercera parte de la herencia.

La legítima reservada a los padres se dividirá entre los dos por partes iguales: si uno de ellos hubiere muerto, recaerá toda en el sobreviviente. Cuando el testador no deje padre ni madre, pero sí ascendientes, en igual grado, de las líneas paterna y materna, se dividirá la herencia por mitad entre ambas líneas. 

Al cónyuge viudo sólo le corresponde el usufructo de un tercio de la herencia; si no existieran descendientes, pero sí ascendientes, tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia. En el caso de separación pero no de divorcio, el cónyuge no pierde sus derechos hereditarios.

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