¿Qué
situación concreta es definida por la Ley como de violencia de género o sobre
la mujer?
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, actúa exclusivamente cuando se cumplen los siguientes requisitos:
- Que la victima de la violencia sea mujer.
- Que el agresor sea un hombre que sea o haya sido su cónyuge o este a haya estado ligada a la mujer en análoga relación de afectividad aun sin convivencia
- Que la violencia ejercida sea como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.
En los demás casos serán de aplicación la
legislación penal y civil ordinaria.
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