Las obligaciones del titular del fichero (BBDD) se pueden sintetizar en:
- Declarar los ficheros (BBDD) en la Agencia de Protección de Datos. Notificar la existencia, creación y modificación de los ficheros que contengan datos de carácter personal en el Registro General de Protección de Datos.
- Adoptar las medidas de seguridad establecidas por la Ley según el tipo de datos y la redacción, mantenimiento y actualización de un documento de seguridad donde se recogen las medidas adoptadas y otros aspectos relevantes para la seguridad de la BBDD.
- Informar y garantizar el ejercicio de los derechos que la Ley otorga a los titulares de datos. Disponer de los medios para que los afectados puedan ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previendo los procedimientos internos necesarios para tal fin.
No hay comentarios:
Publicar un comentario