lunes, 20 de enero de 2014

¿Qué sucede si el arrendatario no recibe la notificación de la demanda y de la fecha de juicio realizada por del propietario ante la falta de pago de las rentas?


Al ser esta la primera resolución del proceso y contener pronunciamientos de trascendental relevancia para el arrendatario (existencia de una demanda, fecha de juicio,...) la falta de notificación acarrea la imposibilidad de celebración de la vista.
 
De hecho es este uno de los problemas prácticos más citados en este tipo de procedimiento.


En este caso deben realizarse, a instancias del propietario, gestiones en el juzgado para la localización de un domicilio del demandado para lo que hay que acudir a registros públicos (INE, padrón municipal, Seguridad Social, Agencia Tributaria, etc.) y si a pesar de haberse efectuado diversos intentos no se puede notificar al mismo se procede a publicar la resolución judicial en el Boletín Oficial por medio de un edicto.

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