martes, 21 de enero de 2014

¿Qué sucede en el juicio de desahucio ante la falta de pago de las rentas correspondiente al alquiler?


Al acto de juicio deben acudir las dos partes deben con abogado y procurador.

En las misma cada una mantiene formula las alegaciones en apoyo a sus pretensiones y se procede a la práctica de la prueba.

Como es evidente en los casos de desahucio por falta de pago es el arrendatario quien debe probar el mismo y en los de vencimiento de plazo el propietario deberá justificar la extinción del contrato siendo en la práctica muy determinante la fecha de puesta a disposición del inmueble por encima de la de celebración del contrato.


Una vez concluida la vista el Juez debe dictar sentencia dentro de los 10 días siguientes.

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