jueves, 23 de enero de 2014

¿Cuál es el capital social mínimo para la constitución de una sociedad limitad o anónima?


Eso dependerá del tipo de sociedad a constituir.

Tratándose de una sociedad limitada es de 3.000€ que debe estar completamente suscrito y desembolsado al constituirse.

Por el contrario, siendo sociedad anónima el capital mínimo es de 60.000€ del que todo debe estar suscrito y al menos el 25% desembolsado.

Aportaciones para el capital social: ¿dinerarias o en especie?
Dependerá de las previsiones de los socios fundadores. 

En todo caso las aportaciones dinerarias deben hacerse mediante ingreso en una cuenta abierta en entidad bancaria a nombre de la sociedad en constitución.


Por su parte tratándose de aportaciones en especie existe una especialidad legal. Mientras en la sociedad limitada no es necesaria su valoración por experto independiente si lo es en el caso de las anónimas.

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