Eso dependerá del tipo de sociedad a constituir.
Tratándose de una sociedad limitada es de 3.000€ que
debe estar completamente suscrito y desembolsado al constituirse.
Por el contrario, siendo sociedad anónima el capital
mínimo es de 60.000€ del que todo debe estar suscrito y al menos el 25%
desembolsado.
Aportaciones para el capital social: ¿dinerarias o en
especie?
Dependerá de las previsiones de los socios fundadores.
En todo caso las aportaciones dinerarias deben hacerse mediante ingreso en una cuenta abierta en entidad bancaria a nombre de la sociedad en constitución.
Dependerá de las previsiones de los socios fundadores.
En todo caso las aportaciones dinerarias deben hacerse mediante ingreso en una cuenta abierta en entidad bancaria a nombre de la sociedad en constitución.
Por su parte tratándose de aportaciones en especie
existe una especialidad legal. Mientras en la sociedad limitada no es necesaria
su valoración por experto independiente si lo es en el caso de las anónimas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario