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jueves, 28 de enero de 2016

¿Conviene hacer testamento?

La respuesta es tajante: SÍ. Y ello por muchos motivos: evita tener que hacer una declaración de herederos abintestato, puede dejarse en mejor posición al cónyuge viudo al darle más derechos que por ley le corresponderían, etc. 
Además, si no se tienen familiares, es muy importante hacer testamento ya que sino heredará el Estado o una Comunidad Autónoma, según los casos.

Por otro lado el testamento notarial tiene un coste bajo: unos 40,00 euros cada testamento.

lunes, 3 de noviembre de 2014

¿Qué es la partición de la herencia?

La partición de la herencia es el reparto de los bienes del fallecido entre los herederos en proporción a la cuota que a cada uno de ellos corresponde. La partición deberá hacerse una vez que se ha acreditado con el testamento o con la declaración de herederos quiénes son las personas con derecho a la herencia y una vez que dichas personas han aceptado la herencia en la forma expuesta en otro capítulo de esta guía.


Se debe tener en cuenta que la herencia está integrada tanto por los bienes y derechos del difunto como por sus deudas, y que éstas se transmiten a los herederos al igual que los bienes. Por tanto, en la partición deberán inventariarse y ser objeto de adjudicación tanto los bienes como las deudas del fallecido.

¿En qué consiste la aceptación de la herencia?

Una vez que el heredero tiene conocimiento del fallecimiento de una persona y de su condición de heredero testamentario o de heredero intestado, el siguiente paso consistirá en aceptar o renunciar la herencia. Cuando se acepta la herencia, deberá liquidarse además los impuestos correspondientes. Para el caso de los bienes inmuebles, una vez hecha la liquidación se podrá proceder a inscribirlos en el registro correspondiente.

jueves, 30 de octubre de 2014

¿Como se reparte la herencia si el fallecido no otorgó testamento?

Si no existe testamento será necesario tramitar una declaración de herederos abintestato. Dicha declaración se tramita ante Notario o ante el Juez, según la relación de parentesco existente entre el fallecido y los herederos. Tras la declaración de herederos se podrá realizar la herencia.

Es importante saber que si alguien fallece sin haber dejado hecho testamento, la herencia no se pierde, ni se la queda el Estado, sino que tendrá que ser la ley la que los nombre, siguiendo el orden de parentesco establecido.

Mediante las normas del Derecho Común, remitiendo al notario para mayor información sobre los Derechos Forales se establece lo siguiente:

A) Quiénes son los herederos a falta de testamento.

1) Si el fallecido tiene hijos, su herencia se divide entre todos sus hijos por partes iguales.
Pero, si alguno de los hijos hubiese muerto antes que el padre, hay que diferenciar:

  • Si el hijo muerto tenía a su vez hijos, les corresponde a estos por partes iguales la parte que le tocaba a su padre o madre.
  • Si el hijo muerto no tenía hijos, la herencia se divide sólo entre los hijos que viven a la muerte del padre. Si el fallecido estaba casado: a su cónyuge le corresponde sólo el usufructo de un tercio de la herencia, de mitad de los bienes gananciales, porque estos bienes son por partes iguales del marido y de la mujer.
2) Si el fallecido no tiene hijos:

  • A sus padres, por partes iguales si viven los dos, o si sólo vive uno, todo al que vive. Al viudo le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia. En el caso de que no haya padres, pero sí abuelos o ascendientes más lejanos, a éstos.
  • Si no viven sus padres ni tiene ascendientes de ningún tipo, el viudo o la viuda será el único (o la única) heredero/a.
  • Si ni viven sus padres ni tiene cónyuge: a sus hermanos y sobrinos, y a falta de éstos a sus tíos, y si no tiene hermanos ni tíos, a sus primos carnales. 
  • Sólo en el caso de alguien que muere sin testamento y sin parientes, hereda al Estado.

viernes, 4 de abril de 2014

¿Cuántos años hay para aceptar una herencia? ¿Qué sucede si no se acepta una herencia y fallece el heredero?

No existe plazo legal establecido para la aceptación de una herencia, si bien se establece un plazo voluntario de seis meses contados a partir del fallecimiento del causante para liquidar el impuesto de sucesiones si precediere.

Los derechos hereditarios que una persona ostenta sobre una herencia pasan por sucesión a sus herederos.

jueves, 3 de abril de 2014

¿Se complican y encarecen los trámites para los herederos legales tras un fallecimiento para aceptar una herencia si no se había otorgado testamento?

Los trámites para aceptar una herencia intestada resultan más costoso cuando no se ha otorgado testamento, ya que habría que tramitar un expediente de declaración de herederos, soportando los gastos que ello conlleva, mientras que cuando existe testamento el trámite es mucho más sencillo ya que sólo habría que obtener copia autorizada del mismo cuyo coste es ínfimo.