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jueves, 3 de abril de 2014

¿Se complican y encarecen los trámites para los herederos legales tras un fallecimiento para aceptar una herencia si no se había otorgado testamento?

Los trámites para aceptar una herencia intestada resultan más costoso cuando no se ha otorgado testamento, ya que habría que tramitar un expediente de declaración de herederos, soportando los gastos que ello conlleva, mientras que cuando existe testamento el trámite es mucho más sencillo ya que sólo habría que obtener copia autorizada del mismo cuyo coste es ínfimo.

¿Existe en España posibilidad de desheredar a un familiar?

Nuestro ordenamiento jurídico contempla la posibilidad de desheredar a los descendientes, y en su defecto a los ascendientes, e incluso al cónyuge.

Los artículos 848 y siguientes del Código Civil regulan las causas que dan lugar a la desheredación, en concordancia con el artículo 756 de la misma norma que establece las causas de incapacidad para suceder por indignidad.