Tanto la herencia como la donación están gravadas por el mismo impuesto
que se denomina “IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES”.
Los tipos impositivos
de ambos actos impuetos revisten muchas similitudes, pero siempre es menos costoso
cuando se recibe mediante herencia que cuando se recibe mediante donación, ya que
independientemente del gravamen que sufre el DONATARIO (persona que recibe la
donación) también se ve gravado de forma importante el DONANTE (persona que
realiza la donación) por razón del IRPF.
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