martes, 22 de abril de 2014

La reducción de jornada por guarda legal de hij@ hasta los doce años.

El 21 de diciembre de 2013 se aprobó el Real Decreto 16/2013, en el cual en su artículo 1 recoge, entre otras cuestiones, la ampliación hasta los 12 años del período de tiempo en el que los trabajadores y trabajadoras podrán solicitar una reducción de jornada por guarda legal para el cuidado de sus hijos o hijas.
De esta forma, el disfrute de este derecho se amplía en 4 años con respecto a lo que establecía la normativa antes del Real Decreto mencionado.
Pueden acogerse a esta medida todos los trabajadores o trabajadoras con hijos/hijas menores de 12 años de la siguiente forma:

  • Si ya se estaba disfrutando de una reducción de jornada por cuidado de hijo/hija, este periodo se amplía automáticamente hasta los 12 años.
  • Si el hijo/hija cumplió ya los ocho años y por tanto se dejó de disfrutar la reducción, se puede volver a solicitar una nueva hasta los 12 años.
  • Si es la primera vez, entregando un escrito de solicitud con el horario deseado y hasta que el niño/niña tenga como máximo 12 años.


La concreción horaria de la reducción la determina el trabajador dentro de la jornada laboral de la empresa. Si la compañía no acepta el horario solicitado, puede recurrirse la negativa ante los juzgados de lo contencioso-administrativo sin necesidad de intentar previamente una conciliación.

La ampliación de la reducción de jornada forma parte de un Real Decreto más amplio que, aunque el nombre que recibe es“medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores”.

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