martes, 13 de enero de 2015

¿Cómo afecta a la empresa el hecho de que un trabajador impugne el alta médica?

Si un trabajador recibe el alta médica, debe incorporarse a su puesto de trabajo en las 24 horas siguientes, salvo que no esté de acuerdo con el alta y quiera impugnarla.

En ese caso, si decide impugnar el alta médica, el trabajador tiene la obligación de comunicar a su empresa que ha solicitado la revisión del alta por no estar conforme con ella, y además debe hacerlo ese mismo día o como mucho al día siguiente. Si no lo hace, su empresa podría sancionar al trabajador por incumplimiento del deber de información (con la sanción que corresponda según su convenio colectivo), aunque si el trabajador acredita que la empresa ya sabía a través del INSS que había impugnado el alta, entonces la falta sólo podría ser calificada como máximo como leve y sancionarse al trabajador con una amonestación escrita.


El trabajador tiene un máximo de cuatro días desde que recibe el alta para impugnarla y, por su parte, el Servicio Público de Salud dispone de un plazo máximo de siete días naturales para decidir. Hasta ese momento, queda prorrogada la situación de IT, es decir, que su trabajador no tiene que reincorporarse a su puesto de trabajo hasta que el Servicio Público de Salud confirme su decisión de alta o bien la reconsidere.

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