miércoles, 4 de noviembre de 2015

¿Qué son las costas de un proceso judicial?

Cuando se acude a los tribunales, en principio, cada parte en litigio debe abonar los gastos que genera la defensa de sus intereses en el juicio. En España, la administración de justicia es gratuita y no hay tasas ni tributos por el uso de este servicio. Sin embargo, todos los juicios implican determinados costes que, por lo general, anticipa cada parte interesada. Las costas son, por tanto, ciertos gastos que se originan durante la tramitación de un procedimiento judicial.

Según la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), solo se consideran costas los siguientes conceptos:
  • Los honorarios del abogado (minuta) y del procurador (arancel).
  • Las retribuciones a los peritos, expertos y demás personas que hayan intervenido en el proceso.
  • Los depósitos necesarios para la presentación de recursos.
  • Los derechos arancelarios que deban abonarse para el buen desarrollo del proceso (gastos de notario).
  • Los costes originados por la inserción de anuncios o edictos que tengan que publicarse durante la tramitación del procedimiento.
  • Las copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos que se soliciten a los Registros Públicos, salvo que los reclame directamente el juzgado (en este caso, son gratuitos).
Los abogados, peritos y demás profesionales y funcionarios que no están sujetos a arancel fijan sus honorarios de acuerdo a las normas reguladoras de su estatuto profesional, ayudados por unas escalas. Estos baremos pueden consultarse en los Colegios de Abogados y de Procuradores de la ciudad donde se realice el juicio.


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