La existencia de un arancel legal no impide a los abogados y procuradores suscribir con su cliente el llamado pacto de cuota litis, por el cual ambas partes se asocian en el resultado del pleito; el profesional sigue el albur del litigio, cargando inclusive con las costas del juicio que se pierde, a cambio del reconocimiento de un porcentaje sustancial para el caso de triunfo. Prohibido por algunas leyes, los ordenamientos legales lo admiten, en general.
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