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viernes, 6 de diciembre de 2013

¿QUÉ ES EL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL?

El síndrome de alienación parental surge habitualmente en el contexto de las disputas por la custodia de un hijo y con él se alude a aquellos comportamientos o acciones de un progenitor que, consciente o inconscientemente, están dirigidos a impedir, obstaculizar o destruir los vínculos del niño con el otro progenitor.

La acreditación del mismo puede hacer que dicho progenitor pierda la custodia del menor a favor del otro, y ello teniendo en cuenta que una de las circunstancias que deben valorarse en orden a la atribución de la guarda y custodia viene constituida por la predisposición de cada uno de los progenitores a que los hijos tengan una relación normal y fluida con el otro. Como señala la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 12.ª, de 11 de diciembre de 2007, "entre las circunstancias a tener en cuenta para atribuir la custodia de los menores, destaca la comprobación de quién es el progenitor que mejor asegura el mantenimiento pacífico de las relaciones con aquel otro que no haya de ostentar la custodia, siendo un derecho fundamental del niño mantener relaciones estrechas de afecto con sus dos progenitores, de forma que las conductas de uno de ellos tendentes a dificultar o impedir tales relaciones, que pueden derivar en una verdadera y real enfermedad mental, el síndrome de alienación parental (SAP) deben ser objeto de especial atención por los tribunales, para facilitar la recuperación de la situación emocional de los menores. Valorando la situación existente en el supuesto de autos y los hechos y datos expuestos, esta Sala comparte el criterio de la juzgadora a quo, considerando procedente el cambio de la guarda y custodia que acuerda, atendiendo a la situación emocional de los menores, a la existencia del SAP, y al beneficio que para los niños puede reportar dicha medida".


Asimismo, y entre otras muchas, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, Sección 10.ª, de 9 de abril de 2008, ante la existencia del síndrome de alineación parental inducido por el padre, mantiene la custodia materna, e, igualmente, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 1.ª, de 20 de febrero de 2008, a la vista de los informes periciales reveladores de la existencia de un síndrome de alineación parental provocado por la madre, atribuye al padre la guarda y custodia.

Puedes obtener más información en la siguiente dirección:

lunes, 25 de noviembre de 2013

¿Qué figuras delictivas específicas existen para perseguir la violencia sobre la mujer?


¿Qué figuras delictivas específicas existen para perseguir la violencia sobre la mujer?

Dada la alarma social creada por los numerosos casos conocidos así como para favorecer la persecución de estos lícitos, el Código Penal ha sufrido modificaciones para acoger delitos y faltas vinculados a la violencia de género.

Así existen los delitos de lesiones de los artículos 153 y 173.2, las amenazas del artículo 171.4 y .5, las coacciones del artículo 172.2  así como las faltas de amenazas, coacciones, injurias o vejaciones injustas de carácter leve recogidas en el artículo 620.2 segundo párrafo, todos del citado cuerpo legal.


Ello no obsta que una conducta a pesar de quedar fuera de las previsiones de los mismos pueda ser perseguida conforme las normas generales del Código Penal.

¿Qué situación concreta es definida por la Ley como de violencia de género o sobre la mujer?


¿Qué situación concreta es definida por la Ley como de violencia de género o sobre la mujer?

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, actúa exclusivamente cuando se cumplen los siguientes requisitos:
  1. Que la victima de la violencia sea mujer. 
  2. Que el agresor sea un hombre que sea o haya sido su cónyuge o este a haya estado ligada a la mujer en análoga relación de afectividad aun sin convivencia 
  3. Que la violencia ejercida sea como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.


En los demás casos serán de aplicación la legislación penal y civil ordinaria.