“El personal
funcionario en prácticas podrá solicitar comisiones de servicios, al amparo de
lo establecido en la presente Orden durante el curso académico en que realice
la fase de prácticas, para el siguiente curso académico. La concesión, en su
caso, estará supeditada a la superación de la referida fase de prácticas”.
En
función de dicha disposición podrá solicitarla, siempre supeditada a la
superación de la fase de prácticas, debiendo adjuntar la documentación médica
acreditativa de su situación.
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